Reforma Laboral: Nuevos contratos de formación
Tendrán dos modalidades: la primera para que el trabajador pueda alternar un empleo en la empresa con la enseñanza teórica. Es lo que se cono ce como formación dual. Con carácter general, este contrato se puede hacer con trabajadores de cualquier edad. No obstante, el Real Decreto- Ley limita a 30 años la edad del trabajador cuando se suscriba para la obtención de certificados básicos del Servicio Público de Empleo Estatal.
La duración del contrato comprenderá entre tres meses y dos años. Su tiempo de trabajo no podrá superar el 65% de la jornada laboral durante el primer año, ni el 85% durante el segundo. Su retribución no podrá ser inferior al Salario Mínimo Interprofesional. Si la retribución de este contrato se fija en convenio, durante el primer año el salario no podrá ser inferior al 60% de la retribución acordada para los empleados en ese cometido, ni al 75% durante el segundo año. Tendrá la formación completa de Seguridad Social.
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