RECTA FINAL IRPF 2023: 13/26

por Asred.es 0 Comments

GANANCIAS PATRIMONIALES: CESE DE LA OCUPACION EFECTIVA DE LA VIVIENDA HABITUAL POR SEPARACION, DIVORCIO O NULIDAD. – En situaciones de separación, divorcio o nulidad matrimonial que hayan llevado al cese de la ocupación efectiva de la vivienda habitual por parte de uno de los cónyuges debido a cualquiera de estas circunstancias, se considerará que se cumple el requisito de ocupación de la vivienda en el momento de la transmisión o en los dos años previos. Esto se aplica con el fin de obtener la exención de la ganancia patrimonial que surge en dicha transmisión.

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