Fraude contable y responsabilidad penal
Los administradores y los directivos de las empresas van a responder penalmente de una forma más dura si no hacen adecuadamente sus tareas de control en la empresa.
La Ley de Sociedades de Capital, ha sido recientemente modificada por la Ley 31/2014 de mejora del gobierno corporativo, que expone nuevas responsabilidades y deberes para los órganos de gobierno de la empresa (consejeros y administradores). Así, su artículo 225, referido al Deber General de Diligencia, menciona los deberes propios de los administradores en el desempeño de sus funciones, la adopción de las medidas necesarias para la buena dirección y control de la compañía, así como el derecho y deber de exigir la información adecuada para ejercer sus funciones. Por otro lado, el artículo 236, relativo a los Presupuestos y extensión subjetiva de la responsabilidad de los administradores, efectúa menciones especiales a los administradores de hecho o los consejeros delegados.
Por su parte, en septiembre 2013 se aprobó el Proyecto de Ley de Reforma del Código Penal. Lo más importante es el marco de responsabilidades y requisitos exigidos a las empresas y a los directivos. En este sentido, el cumplimiento normativo empieza a tomar una relevancia muy importante en nuestro país, con objeto de evitar y prevenir tales responsabilidades.
Nuestros profesionales le ayudarán al cumplimiento de sus obligaciones evitando con ello este tipo de responsabilidad.