Es válido instalar cámaras en el centro de trabajo sin informar al trabajador.
El Tribunal Constitucional ha declarado que aunque es necesario informar al trabajador de la instalación de cámaras de seguridad en el centro de trabajo, las imágenes captadas sin informarle pueden ser declaradas válidas en determinados casos, para lo que se requiere un análisis caso por caso. En este, aunque no se comunicó su instalación, se tiene en cuenta que se había ubicado un distintivo visible advirtiendo de la existencia de la cámara. (Sentencia del Tribunal Constitucional de 03/03/2016 rec. 7222/2013).