El despido de mayores de 55 años no es discriminatorio
La edad próxima a la jubilación como criterio de selección de trabajadores afectados por el despido colectivo no es discriminatorio si se introducen medidas efectivas para evitar o minimizar los daños que la extinción de los contratos produce en los afectados (Sentencia Tribunal Constitucional 66/2015 de 13 de abril).