Los autónomos que trabajan en casa y utilizan su vivienda como oficina tienen derecho a deducir en el IRPF una parte proporcional a su actividad económica de los gastos corrientes de estos suministros. (Sentencia del TSJ Madrid de 10 de marzo de 2015).
Las vacaciones deben retribuirse conforme a lo dispuesto en el convenio colectivo. A falta de regulación se retribuyen conforme a la regla general de retribución normal o media obtenida por el trabajador en la época de actividad. Por ello, se deben incluir todos los complementos variables que correspondan a la jornada ordinaria.
A partir del 1 de diciembre, los nuevos procesos de baja laboral por enfermedad o accidente se realizarán conforme al Real Decreto de julio de 2014 que modifica el sistema de gestión y control de los procesos de incapacidad temporal (IT). Una orden ministerial desarrolla los nuevos modelos de partes de bajas y altas. Este sistema distingue cuatro tipos de IT en función de su duración: menos de 5 días; de 5 a 30 días; de 31 a 60 días; y más de 61 días. En las bajas por enfermedad que el médico prevea de muy corta duración (menos de 5 días naturales) los partes de baja y alta se darán en el mismo momento, aunque el trabajador podrá solicitar un reconocimiento médico el día fijado como alta y el médico ampliar la baja. Habrá unas tablas de duración óptima de la baja basadas en la enfermedad diagnosticada, la ocupación y la edad.
La deducibilidad de las cuotas de IVA soportadas por adquisiciones realizadas antes del inicio de la actividad económica depende de las circunstancias concurrentes en el momento en que fueron soportadas. A saber:
1.- El momento temporal para calificar como deducibles una cuota de IVA depende de si en dicho momento el sujeto pasivo se encuentra en situación de probar la intención de afectar los bienes o servicios a una futura actividad empresarial o profesional. Si puede demostrarse que la intención del empresario era iniciar una actividad, las cuotas serán deducibles antes o después de su inicio, teniendo en cuenta el límite temporal de 4 años. Si no es posible probar esa intención, no serán deducibles en ningún momento (LIVA art.93.4).
2.- Sentado lo anterior, las circunstancias que posteriormente conlleven a que dicha actividad económica finalmente no se produzca, no puede determinar que con efecto retroactivo, se despoje a dichos bienes y servicios de su condición de afectos a la actividad, salvo que concurriesen circunstancias fraudulentas o abusivas.
La comunicación de despido objetivo debe expresar la causa de manera clara, suficiente e inequívoca de modo que el trabajador pueda impugnar la decisión empresarial y preparar los medios de prueba que juzgue convenientes para su defensa. Cuando el despido se basa en causas económicas, esta finalidad no se cumple si la comunicación se limita a remitirse al contenido del acuerdo alcanzado entre la empresa y la representación legal de los trabajadores al finalizar el período de consultas del procedimiento de despido colectivo.
La entrega del recibo de salarios en soporte papel es una obligación del empresario que no puede ser sustituida unilateralmente por su entrega telemática, cuando su sustitución supone imponer una carga al trabajador y no se le proporcionan los medios adecuados para ello. La Audiencia Nacional declara la nulidad de esta decisión y práctica empresarial. (Sentencia de la Audiencia Nacional Sala de lo Social, 28/04/2015, nº 76/2015, rec. 36/2015)
Tras su divorcio, en 2006, una persona abandona su vivienda habitual, donde continúan residiendo su ex cónyuge e hijos hasta finales de 2013. Durante ese tiempo esta persona ha estado deduciéndose el 50 por ciento por inversión en vivienda habitual al ser copropietario. En enero de 2014 la vivienda se vende, y esta persona quiere reinvertir el importe obtenido de la venta para adquirir una nueva vivienda habitual. ¿Podrá aplicarse la exención por reinversión por la ganancia patrimonial obtenida?
Según indica la DGT en consulta vinculante del pasado 28 de abril, las condiciones para poder acogerse a la exención vienen establecidas en el artículo 41 del Reglamento del Impuesto (RD 439/2007) ambas viviendas, la que se transmite y la que se compra, deben ser vivienda habitual.
En cuanto a lo que se puede considerar como tal, viene determinado en el artículo 41 bis, indicando que tendran esta consideración cuando la edificación haya sido vivienda habitual hasta el momento de la transmisión o hasta cualquier día de los 2 años anteriores a la fecha de la venta.
Luego, en este caso, dado que la vivienda dejó de ser vivienda habitual para esta persona en 2006 y se vendió en enero de 2014, No se cumple el requisito de que la misma hubiera tenido la consideración de habitual en el momento de la venta o 2 años antes, por lo que no podrá aplicarse la exención por reinversión en vivienda habitual respecto de las cantidades obtenidas por su venta.
Normativa aplicable: artículo 38 (Ley 35/2006); artículos 41 y 41 bis (RD 439/2007).
Las empresas que coticen por contingencias profesionales y que hayan realizado inversiones con el fin de reducir y de eliminar riesgos en los puestos de trabajo, pueden solicitar incentivos a la cotización. Para el ejercicio 2013, el plazo de presentación de solicitudes se ha prorrogado hasta el 30-6-2015 (antes hasta el 15 de mayo).
Estos incentivos consisten en una reducción del 5% de las cuotas por contingencias profesionales del período de observación, o del 10% si en el período inmediatamente anterior se percibió el incentivo.
El incentivo no puede superar el importe total acreditado de las inversiones realizadas en el periodo. En el caso de las empresas que hayan cotizado por contingencias comunes por un total de entre 250 y 5.000 euros, el incentivo no puede superar el importe cotizado y tiene como límite máximo 250 euros para el primer período o 500 euros para el segundo período y siguientes consecutivos.
Para acceder al incentivo, las empresas deben reunir diversos requisitos, principalmente, haber realizado inversiones en instalaciones y equipos que contribuyan a la eliminación y disminución de riesgos, y no rebasar los índices de siniestralidad que establece el anexo de la Orden de cotización para 2015.
La solicitud se debe presentar en la mutua o entidad gestora con la que la empresa tenga contratadas las contingencias profesionales. El abono del incentivo corresponde a la mutua a la que la empresa esté asociada en el momento de la solicitud.
Desde 2015, los gastos por relaciones públicas sólo son deducibles hasta el límite del 1% de la cifra de negocio de la empresa. Este límite incluye invitaciones, comidas y regalos a clientes y proveedores, pero no afecta a otros gastos de promoción, que seguirán siendo deducibles como hasta ahora:
Se podrán seguir entregando cestas de Navidad a los empleados, de acuerdo con los usos y costumbres de su empresa.
Seguirán siendo deducibles, sin límite, los gastos derivados de la entrega gratuita de muestras, o las entregas relacionadas directamente con los ingresos (por ejemplo, los obsequios ofrecidos para conseguir una visita demostrativa de los productos).
Ante este cambio, es conveniente que las empresas ajusten sus gastos por estos conceptos y no sobrepasen el límite indicado.
Analizaremos los gastos por atenciones al cliente de sus empresa y le propondremos medidas alternativas para no pagar impuestos de más.
La edad próxima a la jubilación como criterio de selección de trabajadores afectados por el despido colectivo no es discriminatorio si se introducen medidas efectivas para evitar o minimizar los daños que la extinción de los contratos produce en los afectados (Sentencia Tribunal Constitucional 66/2015 de 13 de abril).
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