Se declara procedente el despido de un trabajador por fumar en las instalaciones de la empresa, conducta calificada como falta muy grave en el convenio colectivo, y por insultar a un compañero que le reprendió. (Sentencia del TSJ Burgos de 7 de junio de 2017).
Para la deducibilidad del gasto entre entidades vinculadas es necesario probar la realidad del servicio y su utilidad, pudiendo utilizar a estos efectos medios distintos al contrato escrito. (Sentencia Audiencia Nacional 16 de febrero de 2017)
El TSJ Madrid, en sentencia de 8 de junio de 2017, declara la validez de la dimisión del trabajador presentada a través de la aplicación whatsapp, cuando los mensajes intercambiados a través son lo suficientemente claros e ilustrativos de no querer continuar con su actividad laboral.
El coste del máster realizado antes del inicio de la actividad profesional no es gasto deducible para el contribuyente. ( Consulta Vinculante Dirección General de Tributos de 24-4-17 nº V1001-17).
Últimamente se han dictado 2 sentencias relacionadas con el derecho de huelga procedentes del TCo y TS en las que se aborda el contenido del derecho de huelga con relación a los nuevos sistemas productivos. Son las siguientes:
a) Por un lado, el TS responde a cuestiones como ¿qué sucede cuando en la empresa a la que se subcontrata parte de la actividad se desarrolla una huelga? ¿ Puede la empresa principal contratar a terceras empresas durante esta huelga? Se responde a estas cuesiones señalando, que cuando no existen vínculos con la empresa entre la contratista y la principal, esta no tiene obligación de cumplir los deberes de neutralidad y negociación ya que los trabajadores no pertenecen a su plantilla, sino a la de diferentes empresas que subcontratan con aquélla la actividad de provisión de servicios. Este deber de negociación o no intromisión, únicamente alcanza a la empresa que emplea a los huelguistas (TS 16-11-16, EDJ 245884).
b) Por otra parte, el TCo se pronuncia sobre el esquirolaje tecnológico y considera que si durante la huelga se utilizan medios tecnológicos ya instalados en la compañía, aun cuando no se usen con carácter asiduo, no debe calificarse como «esquirolaje» prohibido, pues lo contrario supondría imponer al empresario «una conducta de colaboración en la huelga no prevista legalmente». Para ello, la exigencia de proporcionalidad y sacrificios mutuos en el ejercicio de este derecho a huelga resulta fundamental, ya que no puede llegar a significar que se restrinja la libertad empresarial, ni debe olvidarse el derecho de los empleados no huelguistas a seguir trabajando.
El Tribunal Supremo declara, sin apreciar contradicción, que los plazos señalados por meses que se computan de fecha a fecha. El cómputo del plazo se inicia al día siguiente de la notificación o publicación del acto, venciendo el día correlativo mensual al de la notificación.(Sentencia del Tribunal Supremo de 25 de abril de 2017).
El TS considera que los complementos salariales de peligrosidad , toxicidad y penosidad responden a las condiciones excepcionales de un puesto de trabajo, siendo la regla general su eliminación cuando desaparecen las circunstancias que lo justifican, y a medida que se adopten los medios adecuados para subsanar las condiciones que les originan. No obstante, en tanto no se eliminen, deben mantenerse y abonarse al personal que desempeñe el puesto afectado. (Sentencia Tribunal Supremo, Unificación Doctrina, de 24 de abril de 2017).
El ejercicio del derecho a la deducción de las cuotas soportadas con anterioridad al inicio de la actividad exige que se pruebe la afectación de los bienes en el momento de su adquisición. La valoración de la prueba debe realizarse de forma conjunta. (TEAC 26-1-17).
EL TS declara que comunicar el siniestro (AT) fuera del plazo establecido en la cláusula del contrato de seguro exonera de responsabilidad a la entidad aseguradora. Una cláusula que establece el plazo dentro del cual van a ser objeto de cobertura los siniestros objeto del contrato, no es cláusula limitativa de los derechos del asegurado sino delimitadora del riesgo, y en consecuencia válida. Reitera doctrina TS 18-2-16.
El TS exime a las empresas de la obligación de llevar un registro de la jornada diaria de toda la plantilla para comprobar el cumplimiento de los horarios pactados. Considera que el ET solo obliga, salvo pacto, a llevar el registro de las horas extras realizadas y a comunicar a final de mes al trabajador y a la representación legal de los trabajadores su número, caso de haberse efectuado. (TS 23-3-17, rec. 81/2016)
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