Retribución de las vacaciones. El TS aclara qué complementos computan para su cálculo
Los complementos retributivos que corresponden con una actividad ordinaria en la empresa deben computarse para calcular la paga de vacaciones. Pero solo tiene derecho a percibir su promedio quien lo haya percibido con cierta habitualidad. A falta de regulación colectiva debe entenderse que es habitual si se percibe en la mayoría de mensualidades del año, es decir, durante 6 o más meses entre los 11 anteriores. (Sentencia del Tribunal Supremo de 28 de febrero de 2018).